APÉNDICE DE CONTROLADOR A CONTROLADOR DEL CONTRATO MARCO DE LICENCIA
INTRODUCCIÓN
El presente Apéndice sobre Protección de Datos ("APD") se incorpora a los términos, y forma parte, del Contrato Principal de Licencia ("MLA") entre STATS Perform (tal y como se identifica en cualquier Orden de Trabajo ejecutada por las Partes) y el Licenciatario (tal y como se identifica en cualquier Orden de Trabajo ejecutada por las Partes). En caso de conflicto entre el MLA y el presente DPA o entre cualquier Orden de Trabajo y el presente DPA, prevalecerá el DPA. Todos los términos en mayúsculas no definidos en el presente tendrán el significado establecido en el ADP.
APLICABILIDAD
El presente APD se aplica en caso de que STATS Perform, o cualquiera de sus Afiliadas, desde el EEE o el Reino Unido, transfiera o ponga a disposición del Licenciatario Datos Personales para su Tratamiento en una jurisdicción fuera del EEE, y dicha jurisdicción no esté cubierta por un dictamen de "adecuación" realizado por la Comisión de la UE o sujeta a otro mecanismo de transferencia legal que satisfaga los requisitos de la Legislación de Protección de Datos (a efectos del presente APD, una "Transferencia de Datos Relevante"). Este APD establece e incorpora las Cláusulas Contractuales Tipo ("CCT") de conformidad con la Decisión de la Comisión de la UE de 27 de diciembre de 2004 sobre las Cláusulas Contractuales Tipo para la transferencia de datos personales a terceros países que no garanticen un nivel adecuado de protección de datos.
Los CEC no pueden modificarse, no son negociables y son exigidos por la legislación de protección de datos para cualquier transferencia de datos pertinente.
En consecuencia, las Partes suscriben el presente APD para garantizar que las Transferencias de Datos Relevantes cumplan la Legislación sobre Protección de Datos.
POR LA PRESENTE SE ACUERDA lo siguiente:
- Cláusulas contractuales tipo entre interventores
Cláusulas contractuales tipo para la transferencia de datos personales de la Comunidad a terceros países (transferencias de responsable a responsable)
Acuerdo de transferencia de datos
entre
STATS Perform (como se identifica en la orden de trabajo)
La dirección y el país de establecimiento de STATS Perform que figuran en la Orden de Trabajo
en lo sucesivo "exportador de datos".
y
El titular de la licencia (identificado en la orden de trabajo)
La dirección y el país de establecimiento del Licenciatario tal como figuran en la Orden de Trabajo
en lo sucesivo "importador de datos"
cada una "parte"; conjuntamente "las partes".
DEFINICIONES
A efectos de las cláusulas:
- datos personales, categorías especiales de datos/datos sensibles, proceso/tratamiento, responsable del tratamiento, encargado del tratamiento, interesado y autoridad/autoridad de control tendrán el mismo significado que en la Directiva 95/46/CE de 24 de octubre de 1995 o en cualquier Ley de Protección de Datos aplicable (entendiéndose por "autoridad" la autoridad competente en materia de protección de datos en el territorio en el que esté establecido el exportador de datos);
- por exportador de datos se entenderá el responsable del tratamiento que transfiere los datos personales;
- se entenderá por importador de datos el responsable del tratamiento que acepte recibir del exportador de datos los datos personales para su posterior tratamiento de conformidad con los términos de las presentes cláusulas y que no esté sujeto al sistema de un tercer país que garantice una protección adecuada;
- se entenderán las presentes cláusulas contractuales, que constituyen un documento independiente que no incorpora condiciones comerciales establecidas por las Partes en virtud de acuerdos comerciales independientes.
Los detalles de la transferencia (así como los datos personales cubiertos) se especifican en el Anexo 2, que forma parte integrante de las cláusulas.
1 OBLIGACIONES DEL EXPORTADOR DE DATOS
El exportador de datos garantiza y se compromete a que:
- Los datos personales han sido recogidos, tratados y transferidos de conformidad con la legislación aplicable al exportador de datos.
- Ha realizado esfuerzos razonables para determinar que el importador de datos es capaz de cumplir sus obligaciones legales en virtud de estas cláusulas.
- Facilitará al importador de datos, cuando así lo solicite, copias de las leyes de protección de datos pertinentes o referencias a las mismas (cuando proceda, y sin incluir asesoramiento jurídico) del país en el que esté establecido el exportador de datos.
- Responderá a las consultas de los interesados y de la autoridad en relación con el tratamiento de los datos personales por parte del importador de datos, a menos que las Partes hayan acordado que sea el importador de datos quien responda, en cuyo caso el exportador de datos seguirá respondiendo en la medida de lo razonablemente posible y con la información de que razonablemente disponga si el importador de datos no quiere o no puede responder. Las respuestas se efectuarán en un plazo razonable.
- Facilitará, previa solicitud, una copia de las cláusulas a los interesados que sean terceros beneficiarios con arreglo a la cláusula 3, a menos que las cláusulas contengan información confidencial, en cuyo caso podrá suprimir dicha información. Cuando se suprima información, el exportador de datos informará por escrito a los interesados del motivo de la supresión y de su derecho a ponerlo en conocimiento de la autoridad. No obstante, el exportador de datos acatará la decisión de la autoridad relativa al acceso al texto íntegro de las cláusulas por parte de los interesados, siempre que éstos hayan aceptado respetar la confidencialidad de la información confidencial suprimida. El exportador de datos también facilitará una copia de las cláusulas a la autoridad cuando ésta lo requiera.
2 OBLIGACIONES DEL IMPORTADOR DE DATOS
El importador de datos garantiza y se compromete a que:
- Dispondrá de las medidas técnicas y organizativas adecuadas para la protección de los datos de carácter personal contra la destrucción, accidental o ilícita, la pérdida accidental y contra la alteración, la difusión o el acceso no autorizados, y que proporcionen un nivel de seguridad adecuado al riesgo que presente el tratamiento y a la naturaleza de los datos que deban protegerse.
- Dispondrá de procedimientos para que cualquier tercero al que autorice a tener acceso a los datos personales, incluidos los encargados del tratamiento, respete y mantenga la confidencialidad y seguridad de los datos personales. Toda persona que actúe bajo la autoridad del importador de datos, incluido un encargado del tratamiento, estará obligada a tratar los datos personales únicamente siguiendo instrucciones del importador de datos. Esta provision no se aplicará a las personas autorizadas o requeridas por ley o reglamento a tener acceso a los datos personales.
- No tiene motivos para creer, en el momento de suscribir estas cláusulas, en la existencia de ninguna ley local que pudiera tener un efecto sustancial adverso sobre las garantías previstas en estas cláusulas, e informará al exportador de datos (que transmitirá dicha notificación a la autoridad cuando sea necesario) si tiene conocimiento de alguna ley de este tipo.
- Tratará los datos personales para los fines descritos en el Anexo 2, y tiene autoridad legal para dar las garantías y cumplir los compromisos establecidos en estas cláusulas.
- Indicará al exportador de datos un punto de contacto dentro de su organización autorizado para responder a las consultas relativas al tratamiento de los datos personales, y cooperará de buena fe con el exportador de datos, el interesado y la autoridad en relación con todas esas consultas en un plazo razonable. En caso de disolución legal del exportador de datos, o si las Partes así lo han acordado, el importador de datos asumirá la responsabilidad del cumplimiento de lo dispuesto en la cláusula 1(e).
- A petición del exportador de datos, le proporcionará pruebas de que dispone de recursos financieros suficientes para cumplir sus responsabilidades en virtud de la cláusula 3 (que pueden incluir la cobertura de un seguro).
- A petición razonable del exportador de datos, someterá sus instalaciones de tratamiento de datos, archivos de datos y documentación necesaria para el tratamiento a revisión, auditoría y/o certificación por parte del exportador de datos (o de cualquier agente de inspección o auditor independiente o imparcial, seleccionado por el exportador de datos y al que el importador de datos no se oponga razonablemente) para comprobar el cumplimiento de las garantías y compromisos de estas cláusulas, con una antelación razonable y durante el horario laboral habitual. La solicitud estará sujeta a cualquier consentimiento o aprobación necesarios de una autoridad reguladora o supervisora dentro del país del importador de datos, consentimiento o aprobación que el importador de datos intentará obtener oportunamente.
- Tratará los datos personales, a su elección, de conformidad con los principios de tratamiento de datos establecidos en el Anexo 1. Cada uno de los siguientes importadores de datos indica con sus iniciales a continuación su conformidad con dichos principios:
Las Partes acuerdan que al firmar y fechar la Orden de Trabajo rubrican, acuerdan y aceptan esta cláusula 2(h).
- No revelará ni transferirá los datos personales a un tercer responsable del tratamiento de datos situado fuera del Espacio Económico Europeo (EEE) a menos que notifique al exportador de datos acerca de la transferencia y
- el tercer responsable del tratamiento trata los datos personales de conformidad con una decisión de la Comisión que establece que un tercer país ofrece una protección adecuada, o
- el tercero responsable del tratamiento de datos se convierte en signatario de estas cláusulas o de otro acuerdo de transferencia de datos aprobado por una autoridad competente de la UE, o
- se ha dado a los interesados la oportunidad de oponerse, tras haber sido informados de los fines de la transferencia, las categorías de destinatarios y el hecho de que los países a los que se exportan los datos pueden tener normas de protección de datos diferentes, o bien
- con respecto a las transferencias ulteriores de datos sensibles, los interesados han dado su consentimiento inequívoco a la transferencia ulterior
3 RESPONSABILIDAD Y DERECHOS DE TERCEROS
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- Cada Parte será responsable ante las otras Partes por los daños que cause por cualquier incumplimiento de estas cláusulas. La responsabilidad entre las Partes se limita a los daños reales sufridos. Se excluyen específicamente los daños punitivos (es decir, los daños destinados a castigar a una Parte por su conducta escandalosa). Cada una de las Partes será responsable ante los interesados de los daños que cause por cualquier violación de los derechos de terceros en virtud de las presentes cláusulas. Esto no afecta a la responsabilidad del exportador de datos en virtud de su legislación sobre protección de datos.
- Las Partes acuerdan que el interesado tendrá derecho a hacer valer como tercero beneficiario esta cláusula y las cláusulas 1(b), 1(d), 1(e), 2(a), 2(c), 2(d), 2(e), 2(h), 2(i), 3(a), 5, 6(d) y 7 contra el importador de datos o el exportador de datos, por el incumplimiento respectivo de sus obligaciones contractuales, con respecto a sus datos personales, y aceptan la jurisdicción a tal efecto en el país de establecimiento del exportador de datos. En los casos en que se alegue incumplimiento por parte del importador de datos, el interesado debe solicitar en primer lugar al exportador de datos que adopte las medidas adecuadas para hacer valer sus derechos frente al importador de datos; si el exportador de datos no adopta dichas medidas en un plazo razonable (que en circunstancias normales sería de un mes), el interesado podrá entonces hacer valer sus derechos directamente frente al importador de datos. Un interesado tiene derecho a proceder directamente contra un exportador de datos que no haya realizado esfuerzos razonables para determinar que el importador de datos puede cumplir sus obligaciones legales en virtud de estas cláusulas (corresponderá al exportador de datos demostrar que realizó esfuerzos razonables).
4 LEY APLICABLE A LAS CLÁUSULAS
Estas cláusulas se regirán por la legislación del país en el que esté establecido el exportador de datos, a excepción de las leyes y reglamentos relativos al tratamiento de los datos personales por parte del importador de datos en virtud de la cláusula 2(h), que se aplicarán únicamente si así lo selecciona el importador de datos en virtud de dicha cláusula.
5 RESOLUCIÓN DE LITIGIOS CON LOS INTERESADOS O LA AUTORIDAD
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- En caso de litigio o reclamación presentada por un interesado o por la autoridad en relación con el tratamiento de los datos personales contra una de las Partes o contra ambas, las Partes se informarán mutuamente sobre tales litigios o reclamaciones y cooperarán con vistas a resolverlos amistosamente en tiempo oportuno.
- Las Partes acuerdan responder a cualquier procedimiento de mediación no vinculante generalmente disponible iniciado por un interesado o por la autoridad. En caso de participar en el procedimiento, las Partes podrán optar por hacerlo a distancia (por ejemplo, por teléfono u otros medios electrónicos). Las Partes también acuerdan estudiar la posibilidad de participar en cualquier otro procedimiento de arbitraje, mediación u otro procedimiento de resolución de litigios desarrollado para los litigios en materia de protección de datos.
- Cada Parte acatará la decisión de un tribunal competente del país de establecimiento del exportador de datos o de la autoridad que sea definitiva y contra la que no quepa recurso alguno.
6 FINALIZACIÓN
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- En caso de que el importador de datos incumpla las obligaciones que le incumben en virtud de estas cláusulas, el exportador de datos podrá suspender temporalmente la transferencia de datos personales al importador de datos hasta que se repare el incumplimiento o se rescinda el contrato.
- En el caso de que:
- la transferencia de datos personales al importador de datos ha sido suspendida temporalmente por el exportador de datos durante más de un mes con arreglo a la letra a);
- el cumplimiento de estas cláusulas por parte del importador de datos le haría incumplir sus obligaciones legales o reglamentarias en el país de importación;
- el importador de datos incumple de forma sustancial o persistente cualquiera de las garantías o compromisos asumidos por él en virtud de las presentes cláusulas;
- una resolución firme contra la que no quepa recurso de un tribunal competente del país de establecimiento del exportador de datos o de la autoridad dictamine que se ha producido una infracción de las cláusulas por parte del importador de datos o del exportador de datos; o bien
- se presente una solicitud de administración o liquidación del importador de datos, ya sea a título personal o profesional, que no sea desestimada en el plazo previsto para ello por la legislación aplicable; se dicte una orden de liquidación; se designe un síndico sobre cualquiera de sus activos; se designe un administrador de la quiebra, si el importador de datos es una persona física; el importador de datos inicie un acuerdo voluntario de empresa; o se produzca cualquier hecho equivalente en cualquier jurisdicción.
entonces el exportador de datos, sin perjuicio de cualesquiera otros derechos que pueda tener contra el importador de datos, tendrá derecho a rescindir las presentes cláusulas, en cuyo caso se informará a la autoridad cuando sea necesario. En los casos contemplados en los incisos (i), (ii) o (iv) anteriores, el importador de datos también podrá rescindir las presentes cláusulas.
- Cualquiera de las Partes podrá resolver las presentes cláusulas si:
- se emite una decisión positiva de adecuación de la Comisión con arreglo al apartado 6 del artículo 25 de la Directiva 95/46/CE (o cualquier texto que la sustituya) en relación con el país (o un sector del mismo) al que el importador de datos transfiere y trata los datos, o
- La Directiva 95/46/CE (o cualquier texto que la sustituya) pasa a ser directamente aplicable en dicho país.
- Las Partes acuerdan que la terminación de las presentes cláusulas en cualquier momento, en cualquier circunstancia y por cualquier motivo (salvo la terminación en virtud de la cláusula 6(c) no les exime de las obligaciones y/o condiciones en virtud de las cláusulas en lo que respecta al tratamiento de los datos personales transferidos.
7 VARIACIÓN DE ESTAS CLÁUSULAS
Las Partes no podrán modificar estas cláusulas, salvo para actualizar cualquier información que figure en el Anexo 2, en cuyo caso informarán a la autoridad cuando sea necesario. Esto no impide que las Partes añadan cláusulas comerciales adicionales cuando sea necesario.
8 DESCRIPCIÓN DE LA TRANSFERENCIA
Los detalles de la transferencia y de los datos personales se especifican en el Anexo 2. Las Partes acuerdan que el Anexo 2 puede contener información comercial confidencial que no revelarán a terceros, salvo en la medida en que lo exija la ley o en respuesta a un organismo regulador o gubernamental competente, o en la medida en que lo exija la cláusula 1(e). Las Partes podrán ejecutar anexos adicionales para cubrir transferencias adicionales, que serán presentados a la autoridad cuando así se requiera. El Anexo 2 podrá, alternativamente, redactarse para cubrir transferencias múltiples.
Las Partes acuerdan que, al firmar y fechar la Orden de Trabajo, aceptan quedar vinculadas por las CEC, incluido el el Anexo 1 y Anexo 2.
- (Principios del tratamiento de datos)
- Limitación de la finalidad: Los datos personales sólo podrán ser tratados y posteriormente utilizados o comunicados para los fines descritos en el Anexo 2 o posteriormente autorizados por el interesado.
- Calidad y proporcionalidad de los datos: Los datos personales deben ser exactos y, en caso necesario, mantenerse actualizados. Los datos personales deben ser adecuados, pertinentes y no excesivos en relación con los fines para los que se transfieren y tratan posteriormente.
- Transparencia: Los interesados deben recibir la información necesaria para garantizar un tratamiento justo (como información sobre los fines del tratamiento y sobre la transferencia), a menos que el exportador de datos ya haya facilitado dicha información.
- Seguridad y confidencialidad: El responsable del tratamiento deberá adoptar las medidas de seguridad técnicas y organizativas adecuadas a los riesgos que presente el tratamiento, tales como la destrucción accidental o ilícita o la pérdida accidental, la alteración, la difusión o el acceso no autorizados. Cualquier persona que actúe bajo la autoridad del responsable del tratamiento, incluido un encargado del tratamiento, no deberá tratar los datos salvo siguiendo instrucciones del responsable del tratamiento.
- Derechos de acceso, rectificación, supresión y oposición: Según lo dispuesto en el artículo 12 de la Directiva 95/46/CE, los interesados deberán recibir, directamente o a través de un tercero, la información personal que sobre ellos posea una organización, salvo en el caso de solicitudes manifiestamente abusivas, basadas en intervalos irrazonables o en su número o en su carácter repetitivo o sistemático, o para las que no sea necesario conceder el acceso en virtud de la legislación del país del exportador de datos. Siempre que la autoridad haya dado su aprobación previa, tampoco será necesario conceder el acceso cuando hacerlo pueda perjudicar gravemente los intereses del importador de datos o de otras organizaciones que traten con el importador de datos y no prevalezcan los intereses de los derechos y libertades fundamentales del interesado. No es necesario identificar las fuentes de los datos personales cuando ello no sea posible mediante esfuerzos razonables, o cuando se vulneren los derechos de personas distintas del interesado. Los interesados deben tener la posibilidad de que se rectifique, modifique o suprima la información personal sobre ellos cuando sea inexacta o se trate en contra de estos principios. Si existen razones de peso para dudar de la legitimidad de la solicitud, la organización podrá exigir justificaciones adicionales antes de proceder a la rectificación, modificación o supresión. No será necesario notificar cualquier rectificación, modificación o supresión a terceros a los que se hayan comunicado los datos cuando ello suponga un esfuerzo desproporcionado. El interesado también debe poder oponerse al tratamiento de los datos personales que le conciernen si existen motivos legítimos imperiosos relacionados con su situación particular. La carga de la prueba de cualquier denegación recae en el importador de datos, y el interesado siempre puede impugnar una denegación ante la autoridad.
- Datos sensibles: El importador de datos adoptará las medidas adicionales (por ejemplo, relativas a la seguridad) que sean necesarias para proteger dichos datos sensibles de conformidad con las obligaciones que le incumben en virtud de la cláusula 2.
- Datos utilizados con fines de mercadotecnia: Cuando los datos se traten con fines de mercadotecnia directa, deben existir procedimientos eficaces que permitan al interesado "optar" en cualquier momento por que sus datos no se utilicen para tales fines.
- Decisiones automatizadas: A los efectos del presente documento, se entenderá por "decisión automatizada" toda decisión del exportador o del importador de datos que produzca efectos jurídicos en relación con un interesado o que afecte significativamente a un interesado y que se base únicamente en un tratamiento automatizado de datos de carácter personal destinado a evaluar determinados aspectos personales relacionados con él, como su rendimiento laboral, solvencia, fiabilidad, conducta, etc. El importador de datos no tomará ninguna decisión automatizada que afecte a los interesados, excepto cuando:
(a) (i) el importador de datos toma dichas decisiones al celebrar o ejecutar un contrato con el interesado, y
(a) (ii) se dé al interesado la oportunidad de discutir los resultados de una decisión automatizada pertinente con un representante de las Partes que tomen dicha decisión o, de otro modo, de presentar alegaciones a dichas Partes.
o
(b) cuando la legislación del exportador de datos disponga lo contrario.
ANEXO 2 (Información sobre el tratamiento)
1 INTERESADOS
Los datos personales transferidos se refieren a las siguientes categorías de interesados:
Datos personales contenidos en los Materiales Licenciados (tal y como se definen en el MLA) que incluyen información relativa a jugadores deportivos, atletas y profesionales del deporte relacionados.
2 OBJETIVOS DE LA(S) TRANSFERENCIA(S)
Las transferencias se realizan con los siguientes fines: uso de los datos personales por parte del importador de datos para los fines establecidos en la Orden de Trabajo y MLA.
3 CATEGORÍAS DE DATOS
Los datos personales transferidos se refieren a las siguientes categorías de datos y a otras categorías ocasionales:
Categoría de datos (todos relacionados con el deporte) |
Datos (incluidos los datos sobre el rendimiento y los acontecimientos de los partidos) |
Contenidos de vídeo y audio |
Contenido editorial |
4 RECIPIENTES
Los datos personales transferidos sólo podrán comunicarse a los siguientes destinatarios o categorías de destinatarios:
Los destinatarios según lo permitido en la Orden de Trabajo y/o MLA.
5 INFORMACIÓN SOBRE EL REGISTRO DE PROTECCIÓN DE DATOS DEL EXPORTADOR DE DATOS
Se facilitará previa solicitud.
6 INFORMACIÓN ÚTIL ADICIONAL
Ninguna.
7 PUNTOS DE CONTACTO PARA CONSULTAS SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS
Consulte los datos de contacto en la orden de trabajo.